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Obligaciones del adulto acompañante en la ruta escolar

Deben tener experiencia o formación relacionada, y debidamente acreditada, en el funcionamiento de los mecanismos de seguridad del vehículo, tránsito, seguridad vial y primeros auxilios.

Los adultos acompañantes, también llamados monitores, son quienes tienen la labor de asistir y vigilar el correcto ascenso y descenso de los estudiantes de las rutas escolares, garantizando una movilización tranquila segura y con las condiciones exigidas por ley.

Por lo tanto, tienen unas funciones obligatorias que deben cumplir:

  • Contar con experiencia o formación relacionada y debidamente acreditada en el funcionamiento de los mecanismos de seguridad del vehículo, tránsito, seguridad vial y primeros auxilios.
  • Acreditar la cualificación laboral necesaria para la adecuada atención durante el transporte de alumnos en condición de discapacidad.
  • Ocupar una silla en las inmediaciones de la puerta.
  • Vigilar el ascenso y descenso de los estudiantes del vehículo y asegurar que se realice de manera ordenada.
  • Guiar al alumnado durante todo el recorrido y las paradas hasta el ingreso al centro educativo.
  • Verificar que, al finalizar los recorridos, no se queden estudiantes al interior del vehículo.

Además de lo anterior, es importante tener en cuenta que los recorridos y paradas deben estar sujetos a lo estipulado en el contrato de transporte, y la parada final debe situarse en el interior del establecimiento educativo, pero, de no ser posible, se debe ubicar de tal forma que las condiciones de acceso desde la parada al establecimiento educativo resulten seguras y siempre con la ayuda del monitor.

Consulte la Guía sobre el Transporte Escolar en la página web de la Supertransporte.